Restricciones:
- Reducción del 40% del agua para usos agrícolas.
- Reducción del 15% para usos industriales.
- Reducción del agua para usos lúdicos (15% en usos asimilables y 50% en riego).
- Prohibición del riego de zonas verdes, tanto públicas como privadas (solo se permitirá el agua para mantener vivo el arbolado y haciéndolo gota a gota o con regaderas).
- Prohibición de la limpieza de calles con agua potable.
- Reducción del abastecimiento de agua a 230 litros por habitante y día.
- Piscinas: solo se pueden llenar parcialmente las piscinas con sistema de recirculación del agua, en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria. En centros educativos, el llenado completo o parcial de piscinas desmontables de capacidad inferior a 500 litros para el baño de niños.
Además, el Gobierno ha aprobado el DECRETO LEY 1/2023 para proteger los abastecimientos de agua, dar rango jurídico para agilizar trámites para las actuaciones que se tengan que llevar a cabo y para disuadir y penalizar los posibles incumplimientos.