- La Disposición Final Segunda, modifica los arts. 1 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, ampliando hasta el 30 de septiembre de 2022 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos.
- La Disposición Final Tercera, modifica los apartados 2, 3, 5 y 6 de la Disposición Adicional Segunda del RDL 37/2020, de 22 de diciembre, ampliando hasta el 31 de octubre de 2022, la posibilidad de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes. Asimismo, la prórroga de la suspensión de los procesos y lanzamientos se extiende también a los ocupantes sin título (okupas) cuando el arrendador sea un gran tenedor (+ 10 vivienda).
- La Disposición Final Octava, en consonancia con la ampliación de la suspensión de los procedimientos y lanzamientos, y del plazo para solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, mediante la Disposición Final Octava se modifican los plazos establecidos en el Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, hasta el 31 de octubre de 2022 y añade una Disposición Adicional única por la que las compensaciones a las que se refiere este real decreto que no se hayan podido realizar con los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se podrán realizar con los del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 regulado por Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.