A partir del 13 de septiembre de 2021 se aplicarán cambios en la documentación de seguridad industrial requerida para la tramitación de las instalaciones eléctricas, en los cambios contractuales que se produzcan en solicitudes de los consumidores o en trámites de compañía distribuidora para dar de alta o modificar los contratos de acceso de:
  • Nuevo suministro
  • Alta en segunda ocupación o recuperación de CUPS (se produce tras una resolución de contrato de acceso) sin incremento de potencia.
  • Cambio de nombre (traspaso o subrogación de contrato)
  • Cambio técnico: Variación de la potencia contratada.
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