Te informamos:
PRÓRROGA DE MEDIDAS EN MATERIA DE VIVIENDA HASTA EL 28 DE FEBRERO 2022
REAL DECRETO LEY 21/2021 de 27 octubre por el que se prorrogan medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y econòmica. (BOE nº 257 de 27/10219)

  • Quedan prorrogadas algunas de las medidas en materia de vivienda adoptadas en el Real Decreto Ley 11/2020:
  • Prórroga hasta el 28 de FEBRERO 2022 de la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos de viviendas si el arrendatario está en situación de vulnerabilidad económica.
  • Prórroga hasta el 28 de FEBRERO 2022 de la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos de viviendas en los casos del artículo 250.1 apartados 2, 4 y 7 de la LEC y en otros procedimientos de desahucio que tengan causa en un procedimiento penal si el arrendatario está en situación de vulnerabilidad económica y el arrendador es un gran tenedor.
  • Los arrendatarios de un contrato con vencimiento anterior al 28 de febrero 2022, tienen derecho, si lo solicitan al arrendador, a una prorroga extraordinaria por un periodo máximo de 6 meses.
  • Hasta el 28 de febrero del 2022 los arrendatarios podrán solicitar un aplazamiento temporal del pago de la renta, en los supuesto que el arrendador sea una empresa o entidad publica de viviendas o un Gran Tenedor y siempre que haya un acuerdo voluntario entre las partes.
  • Se amplía hasta el 31 de marzo del 2022 el plazo para que los arrendadores puedan solicitar la compensación de rentas no pagadas. Con el fón de recordar cuáles son estas ayudas, te remitimos a nuestra anterior circular GN00183/2020.
  • ENTRADA EN VIGOR: El día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat, es decir, el 28 OCTUBRE 2021.

Como siempre, para cualquier duda o más información te puedes dirigir a nuestro servicio de asesoría jurídica, por teléfono, presencial con cita previa o mediante las asesorías en línea del web colegial www.cafbl.cat.