El Gobierno aprobó prorrogar durante 6 meses la suspensión de la obligación de convocar juntas de propietarios en las comunidades sujetas a la propiedad horizontal sin perjuicio de que se puedan continuar celebrando presencialmente o por videoconferencia cumpliendo las garantías correspondientes. Esta medida se ha hecho pública en el Decreto Ley 1/2022, de 11 de enero (DOGC 8586 de 13/01/2022), por el cual se establecen medidas extraordinarias para hacer frente en el impacto sanitario, económico y social del COVID-19 en el ámbito de las juntas de propietarios en las comunidades sujetas al régimen de propiedad horizontal.

Así mismo, se admite excepcionalmente, la adopción de acuerdo sin reunión como resolución extraordinaria cuando no sea posible (por motivos técnicos o sanitarios) la celebración de la junta por los medios anteriores cumpliendo, en todo caso, los requisitos que determina el art. 312-7 CCCat.